Proyecto De Ley De Colegios Profesionales, Vieja Aspiración De La Federación De Colegios Profesionales Universitarios.

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M I N U T A
PROYECTO DE LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES
(Mensaje 518-357 de 5 de junio de 2009, de la Presidencia de la República)


Este Proyecto surge a partir de la aprobación de la nueva normativa constitucional vigente desde septiembre de 2005, contenida en el inciso tercero del Nº 16 del artículo 19 de la Constitución, que faculta a los Colegios Profesionales para conocer de los reclamos que se interpongan sobre la conducta ética de sus miembros, y al juzgamiento por tribunales especiales, de los profesionales no asociados a los Colegios.
Un Proyecto de esta naturaleza, es una aspiración de largo tiempo por parte de los Colegios Profesionales, a fin de recuperar algunas de las prerrogativas que tenían antes de la dictación del DL 3.621 de 1981, en particular el control de la ética profesional; son varias las iniciativas de Ley presentadas al Parlamento en los años 90 en este sentido.
Con la mencionada reforma constitucional, se abre la posibilidad real de re legislar en esta materia.
El Proyecto fue elaborado por el Ejecutivo con consultas parciales a algunos Colegios Profesionales, sin intervención de la Federación.
La Federación estima que este Proyecto contiene los aspectos esenciales que permitirían un marco legislativo para la recuperación por Ley, del control ético del ejercicio profesional por los Colegios Profesionales.
Sin embargo creemos que la propuesta actual, tiene importantes inconsistencias, y otros aspectos que pueden ser perfectibles.
Por otra parte, nos parece inaceptable el tiempo transcurrido desde que se introdujo la reforma constitucional señalada, y sin que exista la voluntad política para discutir y aprobar una legislación y un reglamento que permita su aplicación, y sin la cual esa reforma pasa a ser letra muerta.
En función de lo anterior, la Federación ha estado interlocutando con el Gobierno y con los Parlamentarios, para conseguir que se ponga en tabla el Proyecto y se puedan hacer las indicaciones pertinentes al mismo.
Las principales actividades realizadas, son:
1. Entrevista sostenida con Don Andrés Sotomayor M. Asesor del Ministro Larroulet en la SEGPRES, el 2 de septiembre de 2010, en la que la Federación expuso sobre la importancia de la modificación del Art. 56º de la LOCE y su evolución histórica, así como sobre el Proyecto de Colegios Profesionales.
Se quedó en enviar una minuta con las reformas que queremos para la Ley de Colegios Profesionales, y el abogado Sotomayor quedó en estudiar cómo acelerar la discusión de la modificación del Art. 56º de la LOCE.
2. Entrevista sostenida con la Sra. María Eugenia Díaz, Jefa de gabinete del Ministro Secretario General de la Presidencia, el 22 de junio de 2011, a objeto de retomar el trabajo.
En esta reunión se solicita la revisión de la iniciativa presentada por el Ejecutivo, además de reiterar que se agilizara el Proyecto de Reforma de la LOCE que está en el Parlamento, para la modificación del Art. 56 de la LOCE, que incluirá a varias profesiones con carácter de Licenciatura.
3. Nueva entrevista sostenida con el abogado Andrés Sotomayor, el 19 de julio de 2012, en la cual se insiste en los mismos tópicos por parte de la Federación, y el abogado Sotomayor nos expresa la disposición de la SEGPRES para estos temas, dejando claro que la propuesta de Ley de Colegios Profesionales no tiene una alta prioridad para el Gobierno, aunque el Ministro Larroulet piensa que “algo hay que hacer al respecto”.
También nos señala la importancia de conversar con los parlamentarios de las Comisiones respectivas, para sensibilizarlos sobre la necesidad de discutir el Proyecto.
4. Envío de una carta de la Federación al Sr, Ministro de la SEGPRES, Don Cristián Larroulet V., de fecha 30 de julio de 2012, en la que se le entregan los fundamentos del por qué es importante poner urgencia a la discusión del Proyecto de Ley. Se adjunta copia.
5. Entrevista sostenida con el Diputado Aldo Cornejo, el 30 de julio de 2012. El Diputado Cornejo tiene especial sensibilidad e interés por estas iniciativas, toda vez que él fue uno de los proponentes de un Proyecto de Ley de Colegios Profesionales en el año 95, y está dispuesto a apoyar la idea deponer en discusión en la Comisión de Legislación y Justicia de la Cámara baja, el nuevo Proyecto del Ejecutivo, pero ve la dificultad de la gran cantidad de proyectos prioritarios que actualmente está viendo esa Comisión, y nos invita a seguir las conversaciones con sus integrantes.
6. Entrevista sostenida con el Diputado Arturo Squella y su asesor el abogado Héctor Mery, el 31 de octubre de 2012, que se manifiestan muy interesados en el Proyecto, ahondando en temas como el Registro Público de Profesionales y la preservación de la libertad de asociación de los profesionales, y el rol que le cabría el Estado en las sanciones de los tribunales de ética. También les preocupa cómo sería el financiamiento de los tribunales.
Señalan además en la importancia de seguir con el lobby para seguir sensibilizando a los parlamentarios.
7. Entrevista con el Presidente de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara Baja, Don Cristian Monckeberg, el 15 de noviembre de 2012, oportunidad en la que se le informó detalladamente acerca de los avances que ha efectuado este grupo en pos de reactivar el proyecto de ley que se encuentra en la comisión que preside y los fundamentos que se han tenido para ello.
El diputado ofreció poner en tabla esta iniciativa mientras esté en el cargo de presidente de la comisión, hasta marzo de 2013, dejando en claro que tienen siete proyectos de ley con urgencia y éste, el nuestro, no es uno de ellos, para lo cual se requiere la indispensable coordinación de la SEGPRES.
Se acordó que la Federación enviara una minuta actualizada con los aspectos esenciales del proyecto, al diputado Monckeberg con copia a los demás diputados integrantes de la Comisión, que es esta.
Las observaciones fundamentales que tiene la Federación sobre la actual propuesta de Proyectos de Ley de Colegios Profesionales del Mensaje 518-357 de 5 de junio de 2009 de la Presidencia, son las siguientes:
Ø Derogación expresa del decreto ley N° 3.621, de 1.981, del Ministerio de Justicia, que estableció el carácter de asociaciones gremiales a los Colegios Profesionales, remitiéndolos al cumplimiento del decreto ley N° 2.757, de 1.979, del Ministerio del Trabajo, relativo a estas asociaciones.
Ø Debiera incorporarse también la derogación de las disposiciones del decreto con fuerza de ley N° 630, de 1.981, del Ministerio de Justicia, relativas a un Registro Público de profesionales, en todo aquello que es contrario al presente proyecto de ley.
Ø Modificar el artículo 2, del Título I Normas Generales, en el sentido de reconocer como profesionales que pueden organizarse en Colegios Profesionales, a todas las personas que “detentan títulos profesionales para los que la ley exige grado de licenciado para el ejercicio de la respectiva profesión”, como asimismo aquellas personas que ejerzan una profesión respecto de la cual la ley haya autorizado un Colegio Profesional con anterioridad a la promulgación del presente proyecto de ley.
Ø Modificar los artículos 13º y 16º, del Título III sobre Colegios Profesionales, en el sentido que podrán organizarse como Colegios Profesionales las personas naturales que detentan un título profesional para el que la ley exige grado de licenciado para el ejercicio de la respectiva profesión, por profesionales que detenten licenciaturas conexas o complementarias conforme al reglamento y por aquellas personas que ejerzan una profesión respecto de la cual la ley haya autorizado un Colegio Profesional con anterioridad.
Ø En cuanto a la creación de nuevos Colegios para otras profesiones que no hayan sido creados por ley, también podrán constituirse de conformidad con este proyecto de ley, si dichas profesiones estuvieran contempladas en el Art. 56º de la Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza.
Ø Reconocer los códigos de ética existentes de los respectivos Colegios, sin perjuicio de que, al igual que con sus estatutos, a través de un artículo transitorio se establecería un plazo, a contar de la promulgación del presente proyecto de ley, para que adecuen sus códigos de ética, a la nueva ley.
La observación mas importante que tenemos sobre este Proyectos, es su carácter excluyente, pues considera solo las profesiones con carácter de licenciatura, lo que dejaría fuera a un gran número de profesionales que se agrupan en Colegios Profesionales que fueron reconocidos por ley con anterioridad, y que para los efectos de esta ley, interesa que también pueda ejercerse un control ético para ellas.
Se adjunta documento que se entregó en la SEGPRES con nuestras observaciones al Proyecto.

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